jueves, 6 de diciembre de 2012

LA ORDEN AL MÉRITO CONSTITUCIONAL

Hoy 6 de diciembre se celebra en España el Día de la Constitución, en recuerdo de la Carta Magna de 1978 actualmente en vigor.
Por ello publicamos esta entrada estrechamente vinculada a esta jornada.


File:Insignia of the Spanish Order of Constitutional Merit.svg
Insignia de la Orden al Mérito Constitucional
Fuente: Heralder

La Orden del Mérito Constitucional es una orden civil creada por el gobierno de Felipe González mediante Real Decreto de 18 de noviembre de 1988 que se concede a «aquellas personas que hayan realizado actividades relevantes al servicio de la Constitución y de los valores y principios en ella establecidos» y puede ser otorgada «tanto a personas físicas como jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras».
Su distintivo es una medalla ovalada en plata de ley bañada en oro en cuyo anverso se encuentra el Escudo de España sobre fondo azul y la leyenda «Al Mérito Constitucional», con cordón, ceñidor y nudo en seda roja. Para las personas jurídicas se entrega una Placa de Honor.
Sus titulares reciben el tratamiento de «Excelentísimo».

Fuente: Numismático Digital

El ingreso en la Orden se efectúa mediante Real Decreto dictado a propuesta del Ministro de la Presidencia pudiendo iniciarse los expedientes de concesión de la siguiente forma: de oficio, por el Ministro de Presidencia, Canciller de la Orden; a instancia del Congreso de los Diputados, del Senado, del Tribunal Constitucional, del Consejo General del Poder Judicial o de los Consejos de Gobierno o Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. No puede iniciarse la tramitación de ningún expediente a instancia del propio interesado.
Fuente: Numismático Digital

En el expediente deberán constar: los méritos y circunstancias que concurren en el candidato; la documentación acreditativa de dichos méritos; los informes que, en cada caso, se consideren oportunos. Si el candidato fuese extranjero, deberá recabarse informe del Ministerio de Asuntos Exteriores.

A la vista de !os datos e informes que figuren en el expediente, el Ministro de Presidencia decidirá bien el archivo del mismo, bien la elevación al Consejo de Ministros de la propuesta de concesión, previa la conformidad expresa del interesado o, en caso de fallecimiento, la de sus causahabientes.

Publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto de concesión, el Ministro de Presidencia deberá expedir el correspondiente título-acreditativo.

Fuente: Condecoraciones Cejalvo

Con carácter general, los ingresos en la Orden del Mérito Constitucional se acordarán con ocasión de la celebración del Día de la Constitución existiendo en el Ministerio de Presidencia existe un Libro de Registro de concesiones de esta condecoración.
Su actual regulación está contenida en la Orden de Presidencia de 11 de noviembre de 2003.


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