SERVUS HISPANIARUM REGIS



miércoles, 14 de mayo de 2014

CONFERENCIA SOBRE SISTEMÁTICA SIGILOGRÁFICA


Armas del Justicia Mayor de Aragón
Fuente: identidadaragonesa.wordpress.com/

El próximo día 21 de mayo de 2014, D.m., en la sede de la Real Asociación de Hidalgos de España, C/ Jenner nº 6, bajo derecha (Madrid), el Ilmo. Sr. Don Ernesto Fernández-Xesta y Vázquez pronunciará una conferencia con el título: "Tres curiosas peculiaridades de la sistemática sigilográfica del oficio de Justicia de Aragón".


La Historia nos dice que la institución del Justicia Mayor de Aragón existió al menos desde 1223, en que aparece citado en la documentación, aunque oficialmente se creó en las Cortes de 1265, celebradas en Ejea de los Caballeros. Se estableció entonces que el Justicia sería designado por el monarca para juzgar en los conflictos con el rey, tratando de evitar que éste los resolviese basándose en el Derecho romano y no en la tradición jurídica aragonesa. 
Con el tiempo sus atribuciones fueron variando y ampliándose, sobre todo en las décadas siguientes a su creación oficial, que coincidieron con las revueltas nobiliarias de la Unión; se le otorgó la jurisdicción sobre las causas de los nobles y debía asesorar también al rey, informándole de cuándo sus mandatos podían contravenir los fueros. 
Desde la época de Pedro IV el Ceremonioso fue intérprete del Derecho aragonés, depositario de la ley y juez del contrafuero, y sus resoluciones eran vinculantes para el monarca. Pero también hubo que limitar la actuación del propio Justicia, por parte de las Cortes, para impedir que éste se convirtiese en un mero defensor de los privilegios de las oligarquías.

El Ilmo. Sr. Don Ernesto Fernández-Xesta y Vázquez 
Foto: www.iemadrid.es

Los dos derechos fundamentales que el Justicia había de garantizar, incluso frente al rey, fueron los denominados de “firma” y de “manifestación“. Ambos estaban dirigidos a proteger a los acusados de un delito frente a prisiones abusivas o arbitrarias y frente a las torturas o tratos vejatorios; se impedía, así, que un inocente sufriera perjuicios hasta que no fuera declarado culpable. El derecho de “manifestación“, además, facultaba al Justicia a exigir la entrega de cualquier aragonés que hubiera sido detenido por otros jueces o instituciones, para que fuera custodiado en la Cárcel de Manifestados, donde se le garantizaba un trato digno hasta que fuese juzgado. Se trataba, pues, de un derecho realmente moderno que hoy llamaríamos “presunción de inocencia”.
El Justicia fue una figura muy importante dentro de las instituciones del Reino hasta el siglo XVI, pero conforme la monarquía, siguiendo las corrientes europeas, se iba acercando a un modelo absolutista, todo lo que recordara al antiguo pactismo se fue viendo limitado y la autoridad del Justicia también.
Sello de la oficina del Justicia en un documento de 1592
Fuente: identidadaragonesa.wordpress.com/

Desde "Salón del Trono" deseamos a nuestro amigo Don Ernesto Fernández-Xesta y Vázquez un gran éxito en esta nueva conferencia suya.

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